A fecha de 25 de septiembre de 2024 se ha abierto el programa de ayudas para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda en el Entorno Residencial de Rehabilitación ProgramadaBarrio Juan de la Cierva. Fase I”, en el municipio de Getafe.

Las comunidades de vecinos de Juan de la Cierva tienen un plazo de 4 meses para presentarse a la nueva convocatoria de los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP), que la alcaldesa de Getafe firmó con el Ministerio de Vivienda del Gobierno de España.

Se podrán presentar solicitudes hasta el 24 de enero de 2025.

Estas ayudas se enmarcan dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea con los fondos Next-Generation-Eu.
Cuantía de las ayudas de rehabilitación del barrio Juan de la Cierva

Estas ayudas podrán financiar hasta el 80% de las obras, o el 100% en casos de vulnerabilidad con un fondo total de 2.165.430 euros que podrán beneficiar a más de 200 portales.

Destinatarios de las ayudas de rehabilitación
  1. Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública, propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas.
  2. Administraciones públicas y organismos y demás entidades de derecho público, así como empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
  3. Comunidades de propietarios, o agrupaciones de comunidades de propietarios.
  4. Propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
  5. Sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios y por cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas.
  6. Empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato vigente, que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa.
Documentación justificativa de la subvención

Para toda la documentación técnica siguiente es necesario contar con un equipo técnico de arquitectura como ReBive que además actúa como Agente Rehabilitador, con el objetivo de presentar una subvención correctamente justificada.

  1. Proyecto de la actuación a realizar o en su defecto memoria justificativa de la actuación (11.pdf).
  2. Libro del edificio existente para la rehabilitación o, en su defecto, un estudio sobre el potencial de mejora del edificio o vivienda en relación con los requisitos básicos definidos en la Ley 38/1999. Siempre deberá incluir el IEE en aplicación del art.2.2.b) del Decreto 103/2016 (12.pdf).
  3. Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición que se desarrollará posteriormente en el correspondiente plan de gestión de residuos de construcción y demolición, conforme a lo establecido en el Real Decreto 105/2008 (13.pdf).
  4. Declaración Responsable, firmada por el técnico redactor, del cumplimiento de que el diseño del edificio y las técnicas de construcción contribuyen a la circularidad y, en particular, que evalúen, haciendo referencia a la ISO 20887 (14.pdf).
  5. Declaración responsable, firmada por el técnico redactor, de cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente”, en el sentido establecido en el apartado 6) del artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 (15.pdf).
  6. Declaración Responsable, firmada por el destinatario último o su representante legal, del cumplimiento de Retirar del edificio o del ámbito objeto de la actuación aquellos productos de construcción que contengan amianto (Solo en los elementos en los que se actúa) (16.pdf).
  7. Certificado de eficiencia energética del edificio existente INICIAL, realizado con el mismo programa reconocido de certificación que el utilizado para el Certificado PREVIO en su caso, con todos los elementos y el contenido requeridos en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por técnico competente. Incluido el archivo informático del programa de certificación energética utilizado (17.zip).
  8. Resguardo de presentación en registro de CEE Inicial y/o Etiqueta (18.pdf).
  9. Certificado de eficiencia energética del edificio existente PREVISTO, realizado con el mismo programa reconocido de certificación que el utilizado para el Certificado INICIAL o PREVIO en su caso, con todos los elementos y el contenido requeridos en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por técnico competente. Incluido el archivo informático del programa de certificación energética utilizado (19.zip).
  10. Certificado de eficiencia energética del edificio existente FINAL, realizado con el mismo programa reconocido de certificación que el utilizado para el Certificado INICIAL o PREVIO en su caso, con todos los elementos y el contenido requeridos en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por técnico. Incluido el archivo informático del programa de certificación energética utilizado (20.zip).
  11. Resguardo de presentación en registro de CEE Final y/o Etiqueta (si las actuaciones ya han sido realizadas) (21.pdf).
  12. En obras superiores a 40.000 €, 3 ofertas de distintos proveedores, excepto que se hubiera firmado el contrato de ejecución con anterioridad a la publicación de la convocatoria. (22.pdf).
  13. Contrato u oferta firmada y presupuesto desglosado por partidas, mediciones, precios unitarios y totales, con el IVA o el impuesto indirecto equivalente desglosado correspondiente y su aceptación expresa por parte de la Comunidad de Propietarios. En la hoja resumen por capítulos deberá constar la firma y sello de la empresa, su NIF, y la fecha (23.pdf).
  14. Solicitud y/o licencia urbanística cuando sea precisa, Declaración responsable o autorización municipal análoga, indicando tipología y fecha de solicitud o concesión (24.pdf).
  15. Si las obras están iniciadas, certificado del inicio de las obras firmado por técnico titulado competente o acta de replanteo, firmada y fechada por director de la obra, empresa constructora y con el visto bueno de la propiedad (25.pdf).
  16. Si las obras no están iniciadas, Declaración Responsable de no haber iniciado las obras (26.pdf).
  17. Reportaje fotográfico, preferentemente en color, de todas aquellas zonas que se vayan a ver afectadas por las actuaciones de rehabilitación, así como de la fachada principal del edificio (27.pdf).

Si estás interesado en recibir más información o en que preparemos una oferta y hoja de ruta de todo el proceso como Agente Rehabilitador, envíanos un email a info@rebive.com o déjanos tus datos aquí y nos pondremos en contacto: