El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 19 de octubre de 2022, ha acordado la aprobación de la Orden 3607/2022, de 19 de octubre, por la que se convocan, para el año 2022, subvenciones al programa de mejora de la accesibilidad en los edificios y las viviendas, dentro del Plan Estatal de Vivienda 2022-2025.

El plazo de presentación de solicitudes a las ayudas previstas en la presente convocatoria será desde el día 25 de octubre de 2022 hasta el día 31 de enero de 2023, ambos inclusive en la plataforma de la CAM.

Beneficiarios de las ayudas de accesibilidad.
  • Comunidades de propietarios y agrupaciones

  • Propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares

  • Propietarios o usufructuarios de viviendas incluidas en un edificio de tipología residencial de vivienda colectiva

  • Propietarios o usufructuarios únicos de edificios de viviendas

  • Sociedades cooperativas

  • Administraciones públicas

Obras subvencionables
  • Instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad

  • Accesibilidad universal en el interior de las viviendas (vías de circulación, baños y cocinas)

  • Elementos de apoyo, control, información y aviso (domótica, señales luminosas/sonoras)

  • Mejora de las condiciones DB-SUA

Importe de la ayuda
  • 12.500 euros por vivienda para actuaciones en viviendas unifamiliares

  • 9.000 euros por vivienda y 90 euros por metro cuadrado de superficie construida de local comercial u otros usos compatibles, cuando se solicite para actuaciones en edificios de tipología residencial colectiva

  • 6.000 euros por vivienda cuando se solicita para actuaciones en viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva

  • Con un máximo del 60 % del coste de la actuación

Requisitos de los edificios y viviendas
  • Estar finalizados antes de 2006

  • El 50 % de la superficie construida tenga uso residencial de vivienda

  • El 30 % de las viviendas sean el domicilio habitual, salvo excepciones

  • Contar con Informe de Evaluación del Edificio (IEE), con fecha anterior a la solicitud de la subvención presentado en el Ayuntamiento correspondiente (en edificios)

  • Acuerdo de la comunidad de propietarios

  • Autorización/es administrativa/s correspondientes (licencias)

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